aka les dejo una critica a algunos incisos y articulos de la C.P.R. en ralacion a la educacion.
Art. 19 n° 10° - EL DERECHO A LA EDUCACIÓN
Inc. 5°: La educacion basica y media son obligatorias, debiendo el estado financiar un sistema gratuito con tal objeto, destinado a asegurar el acceso a ellas de toda la poblacion.
El artikulo buska cumplir con el deber de cobertura edukacional, pero se desliga del elemento calidad, lo kual manifiesta un impedimento a la ciudadania por ajercer akciones constitucionales a favor de ke se garantice la calidad.
Inc. 6°: Correspondera al Estado, asimismo, fomentar el desarrollo de la educacion en todos sus niveles estimular la investigacion cientifica y tecnologica, la creacion artistica y la proteccion e incremento del patrimonio cultural de la nacion.
En el inciso el estado se compromete a FOMENTAR: Un precepto vago, inkapaz de signifikar algo conkreto mas ke una delaracion de buena voluntad.
Ya en este inciso se manifiesta el progresivo desliogamiento del estado en su rol de la educacion.
ART.19 N°11. - LA LIBERTAD DE ENSEÑANZA INCLUYE EL DERECHO DE ABRIR, ORGANIZAR Y MANTENER ESTABLECIMIENTOS EEDUCACIONALES
Esta wa de art. culiao es el culpable de ke existan colegios en pesimas condiciones y ke cualker gil culiao kn cuarto medio pueda abrir un colegio pa ganar plata !furia!
Inc.°2: La libertad de enseñanza no tiene otras limitaciones que las impuestas por la moral, las buenas costumbres, el orden publico y la seguridad nacional.
Lo vago de este inciso permite interpretar kualker wa, ante lo kual no se ntrega por parte de la C.P.R. una herramienta efectiva de libertad de educacion a la comunidad, ya ke es el mismo estado el ke define las buenas costumbres, lo moral y waz
INC°3 : la enseñanza reconocida no podra orientarse a propagar tendencia politica partidista alguna
[COLOR=“Red”]SIN EMBARGO SI ES POSIBLE ORIENTAR A UNA EDUCACION CATOLICA, LO KUAL MUXAS VECES IMPONE E IMPARTE UN SESGO ULTRA-DERECHISTA.
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Inc °4: Los padres tienen el derecho de escoger el establecimiento de enseñanza para sus hijos
EN ESTE PUNTO HAY UNA CONTRADICCION EMPIRIKA Y NORMATIVA. empirika porke ya sabemos muy bien ke kien no tenga recursos no podra pagar el colegio particular en donde kiera matricular a sus hijo.
Y normativa porke se contradice kn el ART.19 N°10 inc. 5 (ya antes mencionado), Ya que este asume la desigualdad en el acceso a la educacion, por lo ke kreara colegios “gratiutos” para todo aquel ke no pueda pagar…
Atendiendo a la logika :
LA GARANTIA DE ELECCION DE ESTABLECIMIENTO EDUKACIONAL ES SOLO PARA AKELLOS KE TIENEN REKURSOS PARA PAGAR, O KE EXISTEN 2 CLASES DE PERSONAS, CON 2 CLASES DE COLEGIOS ENTRE CADA UNA PARA ELEGIR.
yap
saludos
k sten bn
xaus!
(A)